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Jose R. Tent

Pensión de alimentos, supuesto internacional, ¿reclamo en Suiza o en España?






En esta entrada os comento y doy respuesta a una pregunta recurrente, ¿dónde y cómo puedo reclamar la pensión de alimentos al padre de mi hijo, cuando éste reside en otro país distinto al de residencia del menor?

El supuesto más habitual es el siguiente:

Una madre con su/s hijo/s reside en España u otro país de la Unión Europea y vivía con el padre del menor hasta que la pareja se separa y por ejemplo el padre del menor se desplaza a trabajar a Suiza donde disfruta de unas condiciones laborales o profesionales más óptimas o ventajosas–especialmente por el sueldo que percibe en Suiza que es más elevado, por normal habitual hasta 2 ó 3 veces mayor que el que percibía en la UE--.


Este supuesto es típico, y suele haber consultas sobre cómo reclamar la pensión derivada de la paternidad o filiación del menor.


Os cuento que existen dos vías de reclamación una administrativa y otra judicial.


La vía administrativa se inicia con una reclamación o solicitud ante la autoridad nacional (del lugar de residencia del menor) que la gestionará y trasladará a la autoridad de residencia del obligado a pagar o pagador de la pensión, habitualmente el padre del menor. Este tipo de reclamación está basada en una serie de tratados internacionales de protección de los menores.

Por otro lado la normativa suiza de derecho internacional privado nos resuelve las cuestiones de competencia de los tribunales. Ésta normativa establece --en un caso similar al que hemos expuesto anteriormente--, que la reclamación se podrá interponer ante los tribunales suizos si el padre reside en Suiza. En cualquier caso también se podrá interponer ante los tribunales del lugar de residencia del menor. Llegados a este punto habrá que analizar y decidir donde podría convenir demandar, quizás por la mayor eficacia o rapidez en la resolución uno tienda a inclinarse a pensar que sería más efectivo/rápido reclamar ante los tribunales suizos. Pero hay otros factores a tener en cuenta, como los costes que lleva aparejada una reclamación de este tipo, me refiero a las tasas judiciales de los tribunales suizos, así como los costes de los abogados en Suiza. También se tendrá en cuenta lo relativo al beneficio de la justicia gratuita y su aplicación en el país de residencia del menor o del deudor (en este caso habitualmente se trata del padre, pero en otros casos menos habituales será la madre). Pero en cualquier caso, sobre la obligatoriedad de acudir a los tribunales suizos con abogado, ya os digo que no es obligado que una parte, es decir, normalmente la madre del menor, puede comparecer ante el Juez competente en el proceso judicial correspondiente por su cuenta y sin abogado.


En próximas entradas de blog os explicaré la vía administrativa y judicial con mayor detalle.

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